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Reunión Comisión Negociadora Paritaria del Nivel Particular

12 de Agosto 2015

     Para conocimiento de los Colegas Docentes de la Universidad Nacional de Catamarca.

     En el día de la fecha se reunió la Comisión Negociadora Paritaria del Nivel Particular de la UNCa arribándose a los siguientes acuerdos:

     Abierta la reunión toma la palabra la Lic. Buenader, quien da origen al debate y manifiesta respecto de la necesidad de dar tratamiento y análisis al CCT. Que asimismo, ha recibido la nota presentada por el GDU en relación a la aplicación del Art. 73 del CCT, por el que se dispone como medida transitoria el ingreso a la carrera docente de docentes que revistan la condición de interinos con más de cinco años de antigüedad.

     Acto seguido el Ing. Molina en representación GDU, concuerda respecto de la necesidad de analizar en forma profunda el CCT, y solicita se de tratamiento a la nota presentada por el sindicato en relación a la aplicación del Art. 73. En la que se propone como norma transitoria incluida en la Carrera. Docente el siguiente Art. : "Disposición Transitoria considerando el Articulo 73 del CCT: “Artículo… Por única vez, ingresan a la Carrera Docente, todos los Docentes que revistan en condición de interinos en los cargos que a la fecha desempeñan, por más de cinco años de antigüedad, al 1° de julio del 2015. Como así también todos aquellos que habiendo concursado perdieron su condición .de Ordinario o Regular por conclusión del periodo o el cual concursaron.- Todos aquellos Docentes que reuniendo las condiciones del párrafo precedente, como así también los docentes Ordinarios que se encuentran al 1° de julio del 2015 a Cargo de Cátedra, ingresan a la Carrera Docente en e/ cargo de Profesor Titular.”.

     Llevado adelante un intercambio de ideas, las partes acuerdan tomar al CCT como norma que regirá la relación de empleo, y efectuar un análisis de las pautas normativas en él incluidas a los fines de la correcta y efectiva aplicación tomando como base el mismo por representar éste pautas mínimas que pueden ser mejoradas en atención a las reales condiciones de trabajo y características propias de los establecimientos tanto superiores como preuniversitarios.

     Asimismo, se acordó llevar adelante el tratamiento de la carrera docente tanto en las facultades como en las Esc. Preuniversitarias, haciendo efectiva la aplicabilidad del CCT.

     La Lic. Buenader, manifiesta que se hace necesario acordar pautas reglamentarias específicas propias que sean claras, con normas que representen un equilibro entre los derechos docentes y los fines universitarios.

     Por último el Ing. Molina solicita respuesta respecto de los puntos ya tratados en anteriores reuniones con relación a la carga horaria de los directivos y docentes del nivel inicial y reiterar solicitud al CIN para convocatoria de la Comisión paritaria de nivel particular.

     Finalmente la representación de la Universidad manifiesta que analizará la propuesta del GDU con relación a la aplicación del art. 73; y se acuerda que cada parte llevará adelante el tratamiento de las pautas normativas a los fines de su reglamentación, determinándose un cuarto intermedio a los fines de que en la próxima reunión paritaria se acerquen las propuestas respectivas.


COMISIÓN DIRECTIVA
GREMIO DOCENTE UNIVERSITARIO